Por Fernando Rangel de León
El Estado está obligado a proteger la vida, la integridad física, la libertad y patrimonio de las personas, conlapolicía, con la fuerza pública; contra quienes agreden esos bienes, ya sea previniéndolos o impidiendo que esos ataques se consuman; pero como el gobierno, su representante, en sus tres ámbitos, no puede poner un agente de la policía a cada uno de los habitantes para que los cuide las 24 horas del día, en todos lados; entonces creó en el código penal, la figura de la legítima defensa, para que ellos mismos puedan protegerse.
La legítima defensa es el derecho que tienen todos los habitantes de impedir que alguien, sinderecho, trate de privarlos de la vida y de sus demás bienes aunque para ello tenga que darle muerte o golpearlo; sin que deba
encarcelársele; porque mientras el agresor no tiene absolutamente ningún
derecho para atacar a su posible víctima, ésta tiene todo el derecho del mundo de
evitarlo; lo que legitima su defensa.
Eldomiciliodelaspersonasessagrado;porloqueabsolutamentenadie
puede entrar a él sin derecho o sin el consentimiento de sus moradores; por lo que
para protegerlo existe la legítima defensa privilegiada que autoriza aéstos a darle
muerteoagolpearlooadetenerlo,segúnlopermitanlascircunstancias,para
impedir ataques a sus moradores o a sus bienes.
HaceunassemanasenTorreón,unosladronesentraronadoscasas,en
distintoslugaresyfechas,arobar;ysusmoradoresloimpidieron,golpeándolos;
dando parte a la policía, la que se llevó presos no solo a los rateros, sino
indebidamente también a ellos porque golpearon a los asaltantes.
EljefedelaPolicíaMunicipal,tratódejustificarladetencióndelosque
cuidando su casa obraron en legítima defensa, diciendo que nadie tiene derecho a
hacerse justicia por propia mano; lo cual no es cierto; pues mientras la justicia por