{"id":40508,"date":"2024-10-04T20:45:54","date_gmt":"2024-10-05T02:45:54","guid":{"rendered":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/?p=40508"},"modified":"2024-10-04T20:45:56","modified_gmt":"2024-10-05T02:45:56","slug":"la-scjn-no-puede-tocar-la-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/2024\/10\/04\/la-scjn-no-puede-tocar-la-constitucion\/","title":{"rendered":"LA SCJN NO PUEDE TOCAR LA CONSTITUCI\u00d3N"},"content":{"rendered":"\n<p>Por Fernando Rangel de Le\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Est\u00e1 en curso una consulta de jueces y magistrados a la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n SCJN, para que les informe si se puede o no modificar la Constituci\u00f3n, en materia de la Reforma Judicial.Los jueces de Distrito (federales) y los magistrados del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n PJF, saben muy bien que es imposible que la SCJN, toque la Constituci\u00f3n; pues el \u00fanico Poder que lo puede hacer es el Poder Constituyente Permanente o Poder Reformador, por mandato precisamente de la misma Constituci\u00f3n.Este Poder Reformador o Poder Constituyente Permanente, ya toc\u00f3 la Constituci\u00f3n el 15 de septiembre, para la Reforma Judicial, que inici\u00f3 su vigencia el d\u00eda 16 de ese mismo mes, en que se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n; por lo que ya est\u00e1n en marcha los preparativos para elegir por vez primera en la historia de M\u00e9xico, a los jueces, magistrados y ministros del PJF.El domingo 1\u00b0 de junio de 2025, ser\u00e1n las elecciones de los mencionados impartidores de justicia en todo el pa\u00eds; para lo cual ya se est\u00e1n llevando a cabo todos los preparativos necesarios para realizar esas novedosas elecciones en las que tendr\u00e1n derecho a participar todos los ciudadanos del pa\u00eds.Esta tarea que ser\u00e1 tit\u00e1nica no nada m\u00e1s debe de correr a cargo de las autoridades electorales del Instituto Nacional Electoral INE, sino de todos los ciudadanos que deber\u00e1n informarse acerca de los candidatos a ser juzgadores; pues en sus manos van a depositar con su voto la confianza de que se les imparta una nueva justicia a todos por igual.Debe la ciudadan\u00eda informarse muy bien acerca del curr\u00edculum de los candidatos a juzgadores, desde su conducta privada, vida familiar, capacidad, preparaci\u00f3n, trayectoria, carrera judicial, etc\u00e9tera, hasta lo m\u00e1s importante: vocaci\u00f3n de servicio, honestidad, honradez, probidad y anteponer los intereses de la sociedad toda a los particulares y de grupo.Por eso es recomendable a los ministros, magistrados y jueces del PJF, que en lugar de tratar de confundir la buena fe del pueblo con la petici\u00f3n de la consulta a la SCJN, de que si puede tocar la Constituci\u00f3n; mejor se pongan a trabajar desde ya, despu\u00e9s de estar holgando desde hace casi un mes y medio en que no trabajan y no obstante el Poder Ejecutivo Federal, les est\u00e1 pagando \u00edntegros sus estratosf\u00e9ricos sueldos a los ministros, los elevados sueldos a los jueces y magistrados, y los muy modestos sueldos de los trabajadores a quienes ya les asegur\u00f3 en la pasada toma de posesi\u00f3n la nueva Presidenta de M\u00e9xico, ante cientos de millones de personas, de M\u00e9xico y del extranjero, que sus sueldos y dem\u00e1s prestaciones laborales no se van a tocar para nada con la Reforma Judicial.Por lo que no es ni \u00e9tico ni justo que los ministros, magistrados y jueces hagan que sus empleados no trabajen, y que sin trabajar est\u00e9n recibiendo un sueldo, un sueldo que proviene del pueblo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Fernando Rangel de Le\u00f3n Est\u00e1 en curso una consulta de jueces y magistrados a la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n SCJN, para que les informe si se puede o no modificar la Constituci\u00f3n, en materia de la Reforma Judicial.Los jueces de Distrito (federales) y los magistrados del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":40509,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[33,14],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40508"}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=40508"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40508\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":40510,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/40508\/revisions\/40510"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/40509"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=40508"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=40508"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistaprogreso.com.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=40508"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}